viernes, 30 de junio de 2017

¿Necesito hacer un contrato por escrito?

La mayoría del tiempo estamos celebrando contratos verbales, muchas de estas veces sin darnos cuenta, y esto es porque la legislación exige solamente a ciertos contratos que se celebren por escrito, sin embargo los contratos verbales tienen el mismo valor que los documentos escritos y por lo tanto deben de ser cumplidos.

El problema con los contratos verbales es que tienden a quedar en el “olvido” para alguna de las partes las condiciones en las que fueron acordados los términos, para evitar estas situaciones recomendamos siempre contar con un contrato por escrito, con el cual, las partes del mismo tendrán claras y presentes las obligaciones que contrajeron y las consecuencias de su incumplimiento.

Por regla general cualquier contrato debe de contener los siguientes elementos:

Identificar a las partes.- Para saber con certeza quienes son los que se encuentran sujetos al contrato.

Determinar el objeto del contrato.- Implica dejar claro cuál es la intención de las partes al celebrar dicho acto.

Establecer las modalidades de cumplimiento del contrato.- Resuelve esencialmente las preguntas ¿Qué?, ¿Cómo?, ¿Cuándo?, ¿Dónde?, etc., respecto al objeto del contrato.

Señalar las penalidades del contrato.- Indica las consecuencias del incumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas.

La celebración de cualquier tipo de contrato con estos elementos mínimos les permitirá a las partes establecer de manera específica y sobre todo sin que se preste a interpretaciones u olvidos las condiciones en las que decidieron obligarse.

Lo anterior aplica para cualquier contrato o convenio que celebremos, entre más claro y específico sea, menos complicaciones tendremos al momento de exigir su cumplimiento.

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