
Sin embargo esto es totalmente falso, ya que en vida no se puede heredera, ya que esto deriva precisamente de que el titular de los derechos a heredar fallezca previamente, por lo que en realidad lo que se hace al entregar bienes de manera gratuita a otras personas en vida es una donación.
Cuando entre los herederos se encuentran claros los deseos del autor de la sucesión regularmente no hay problemas y aquellos que recibieron en vida algún bien, ceden sus derechos hereditarios a los otros, sin embargo, no se encuentran obligados a dicha acción, por lo que lo mas recomendable es realizar un testamento, donde se especifique claramente quienes tienen derecho a la herencia, excluyendo a los que ya recibieron algo en vida del testador.
Recomendamos ampliamente que todos los actos en que se realizan traslaciones de dominio, se cuente con los documentos y/o trámites necesarios, para evitar problemas futuros tanto a los que otorgan como a los que reciben.
Nosotros podemos brindarles la asesoría que requieren, quedamos a sus órdenes.
http://www.nante.mx/puedo-heredar-en-vida-a-mis-hijos/
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